Una
de las modificaciones más importantes es la de establecer una actualización
automática de los parámetros en base a los incrementos de los haberes
jubilatorios. En ese sentido la Ley expresa "...Los montos
máximos de facturación, los montos de alquileres devengados y
los importes del impuesto integrado a ingresar, correspondientes a
cada categoría de pequeño contribuyente, así como las cotizaciones
previsionales fijas, se incrementarán anualmente en
el mes de septiembre en la proporción de los 2 últimos incrementos del
índice de movilidad de las prestaciones previsionales, previsto en el artículo
32 de la ley 24.241 y sus modificaciones y normas complementarias."
Excluidos en el año 2016:
Quienes habían quedado excluidos del Monotributo durante 2016 por haber superado los montos de facturación tope, podrán regresar ahora si es que cumplen con los nuevos requisitos. Esta opción se podrá ejercer hasta el 31 de mayo.
Quienes habían quedado excluidos del Monotributo durante 2016 por haber superado los montos de facturación tope, podrán regresar ahora si es que cumplen con los nuevos requisitos. Esta opción se podrá ejercer hasta el 31 de mayo.
Costos para cada categoría:
Por un lado, el componente impositivo se eleva
desde enero 2017 un setenta y cinco por ciento (75%). Por otro lado el aporte
jubilatorio se incrementa de $157 a $300, pero solo para la categoría A; a
partir de allí, el aporte se incrementa en un 10% en cada categoría,
respecto de lo que se paga en en la escala inferior.
Así queda el nuevo cuadro de categorías:
Quedan exceptuados de ingresar cotizaciones al régimen de la seguridad social y a obras sociales, los siguientes sujetos:
- Quienes se encuentran obligados por otros regímenes previsionales
- Los menores de 18 años
- Los beneficiarios de prestaciones previsionales
- Los contribuyentes que adhirieron al monotributo por locación de bienes muebles y/o inmuebles
- Las sucesiones indivisas continuadoras de los sujetos adheridos al régimen que opten por la permanencia en el mismo.